El Tribunal Constitucional ha emitido un requerimiento al Congreso Nacional para que dicte las leyes reservadas establecidas en los artículos 203, 210 y 272 de la Constitución de la República. Consideran que el Congreso ha excedido el tiempo necesario para su aprobación, lo que ha privado a los ciudadanos del derecho a ser consultados previamente a la toma de decisiones importantes a nivel nacional. A pesar de reconocer la independencia y soberanía del Congreso, el TC sostiene que no se ha cumplido con el principio de supremacía constitucional establecido en el artículo 6 de la Constitución.
En respuesta a una acción directa de inconstitucionalidad presentada por la Fundación Evangélica de Socorro al Recluso, el TC declaró la inconstitucionalidad por omisión legislativa del Congreso Nacional en relación con las leyes reservadas en los artículos 97, 203, 210 y 272 de la Constitución. Se ha establecido un plazo de 2 años, a partir de la notificación de la decisión, para que el Congreso cumpla con la emisión de estas leyes reservadas, considerado como un período suficiente y razonable por el tribunal.
El TC exhortó al Congreso Nacional a elaborar y emitir normas relacionadas con otros temas que también requieren una reserva de ley según la Constitución. Entre estos temas se encuentran la adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza, la violencia contra las mujeres, la libertad de expresión, el deporte, los indultos presidenciales, la delimitación territorial, la región, y el sistema de inteligencia del Estado. El tribunal insta al Congreso a cumplir con estos mandatos constitucionales que aún no se han puesto en práctica.
Los artículos 203, 210 y 272 de la Constitución establecen disposiciones relacionadas con el Referendo, plebiscitos, consultas populares y otros procesos democráticos. Por ejemplo, la Ley Orgánica de la Administración Local debe establecer los requisitos y condiciones para la realización de referendos y plebiscitos municipales para fortalecer la democracia local. También se establecen condiciones específicas para la regulación de los referendos en temas importantes como reformas a los derechos fundamentales, la moneda, el territorio y la nacionalidad.
El Tribunal Constitucional mencionó que el Congreso Nacional ha incumplido con el mandato constitucional de emitir leyes reservadas en varios artículos importantes que aún no han sido desarrollados. Estableció un plazo de 2 años para que el Congreso cumpla con esta obligación, considerando que es un tiempo prudente y razonable para llevar a cabo este proceso. Se espera que estas leyes reservadas contribuyan a hacer aplicable el contenido de la Constitución y a fortalecer el sistema legal en el país.
En resumen, el Tribunal Constitucional ha realizado un requerimiento al Congreso Nacional para que cumpla con el mandato constitucional de emitir las leyes reservadas establecidas en la Constitución de la República. Se ha establecido un plazo de 2 años para la emisión de estas leyes, considerado como suficiente y razonable por el tribunal. Se espera que esta medida contribuya a fortalecer el sistema legal y a garantizar los derechos de los ciudadanos a ser consultados en decisiones importantes a nivel nacional.