La Junta Central Electoral aclara al país que no ha llegado a ningún consenso con organizaciones políticas sobre el rol de la Policía Militar Electoral durante las elecciones. El artículo 212 párrafo III de la Constitución y el artículo 20 numeral 24 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral establecen que la Policía Militar Electoral está bajo el mando y dirección exclusivos del Pleno de la Junta Central Electoral durante las elecciones. El comunicado de la entidad rechaza las informaciones erróneas de que se había llegado a un acuerdo sobre la dirección de la Policía Militar Electoral con las organizaciones políticas.
La Junta Central Electoral informa que no ha llegado a ningún consenso con organizaciones políticas sobre el rol de la Policía Militar Electoral durante las elecciones del 19 de mayo de 2024, a pesar de informaciones falsas que circularon en los medios. El Pleno de la Junta Central Electoral reitera que la dirección y mando de la Policía Militar Electoral está a cargo únicamente de ellos, según la Resolución No. 30-2024 aprobada el 10 de abril de 2024. La Junta no ha realizado ninguna publicación oficial sobre esa información, y pide a la ciudadanía y a los actores políticos que se mantengan informados a través de los canales oficiales de la entidad.
La Junta Central Electoral aprobó la creación de la posición de coordinador/a de recintos electorales para las elecciones ordinarias generales de 2024. También se habilitó la figura del delegado de recinto electoral, pero manteniendo que la dirección y mando de la Policía Militar Electoral está a cargo exclusivamente del Pleno de la Junta Central Electoral, desde que se declare abierto el proceso electoral. La entidad reitera su compromiso con la transparencia en todas sus decisiones y acciones, y señala que las informaciones falsas afectan el proceso electoral.
El Pleno de la Junta Central Electoral llama a la ciudadanía y a los actores políticos a seguir la información oficial que la entidad ofrece a través de sus canales y medios de difusión institucionales. Se destaca que todas las decisiones y acciones de la Junta se toman con criterio institucional, en apego al marco jurídico vigente y en ejercicio de sus atribuciones y competencias constitucionales y legales. Se reitera que la dirección y mando de la Policía Militar Electoral durante las elecciones es exclusiva del Pleno de la Junta Central Electoral.
En resumen, la Junta Central Electoral desmiente haber llegado a un consenso con organizaciones políticas sobre el rol de la Policía Militar Electoral durante las elecciones. La entidad reafirma que el mando y dirección de la Policía Militar Electoral está bajo su responsabilidad exclusiva, según los mandatos constitucionales y legales. Se insta a la ciudadanía y a los actores políticos a informarse a través de los canales oficiales de la Junta Central Electoral para evitar la desinformación y garantizar un proceso electoral transparente y justo.