La Junta Central Electoral (JCE) resolvió crear la posición del coordinador de recinto electoral y habilitar la figura del delegado de recinto electoral para los partidos políticos en las elecciones generales del 19 de mayo. El coordinador de recinto tendrá funciones como verificar que el local esté en condiciones para las elecciones, coordinar a los facilitadores, asegurar la presencia del personal de la Policía Militar Electoral, supervisar la instalación de las EDET, entre otros aspectos. Por su parte, el delegado de recinto solo podrá ser acreditado por organizaciones políticas con candidaturas propias en la elección presidencial y se encargará de comunicarse directamente con el coordinador del recinto electoral.
La JCE detalla que el delegado de recinto no reemplazará a los delegados presentes en los colegios electorales y no podrá interferir en sus operaciones. Su función principal será canalizar directamente con el coordinador del recinto los temas de su interés. Las acreditaciones de estos delegados serán expedidas por la JCE y entregadas a los partidos políticos correspondientes. La capacitación de ambos, coordinador y delegado de recinto, estará a cargo de la Dirección Nacional de Elecciones, asegurando que estén preparados para desempeñar sus funciones de manera correcta durante las elecciones.
La resolución 30-2024 también establece que el coordinador de recinto electoral deberá verificar que se cumplan las condiciones necesarias para que los colegios electorales funcionen adecuadamente el día de las elecciones. Además, supervisará a los facilitadores para asegurar que cumplan con sus responsabilidades y se encargará de garantizar la presencia del personal de la Policía Militar Electoral en el recinto. Asimismo, será responsabilidad del coordinador gestionar las soluciones a las necesidades que surjan durante el proceso electoral.
El delegado de recinto, por otro lado, tendrá la responsabilidad de comunicarse directamente con el coordinador del recinto electoral para transmitir los temas de interés de su organización política. Aunque podrá interactuar con los delegados presentes en los colegios electorales, no podrá interferir en sus operaciones. Será esencial para la correcta coordinación y gestión de las actividades electorales durante las elecciones del 19 de mayo, asegurando una comunicación eficaz entre las diferentes partes involucradas en el proceso electoral.
La JCE aclara que el delegado de recinto no sustituirá a los delegados presentes en los colegios electorales, sino que complementará su labor al canalizar directamente con el coordinador del recinto los temas de importancia para su organización política. Esta figura solo podrá ser acreditada por organizaciones políticas con candidaturas propias en la elección presidencial, asegurando que los partidos políticos cuenten con representantes en cada nivel del proceso electoral. La capacitación de los coordinadores y delegados de recinto estará a cargo de la Dirección Nacional de Elecciones, garantizando que estén preparados para realizar sus funciones de manera eficiente y contribuir al desarrollo de unas elecciones transparentes y democráticas en mayo.