El Tribunal Superior Electoral rechazó la demanda en impugnación interpuesta por César Augusto Mota Reyes contra la resolución 22/2024 de la Junta Central Electoral, que buscaba despojar la candidatura a diputado de Rafael Tobías Crespo en la circunscripción 2 del Distrito Nacional por el Partido Fuerza del Pueblo. La sentencia núm. 0316/2024 indica que Mota Reyes no pudo demostrar que tenía el derecho de ser propuesto como candidato, ya que no resultó ganador del proceso interno, por lo que se confirma la resolución impugnada.
El tribunal otorgó al caso la calificación jurídica correcta y lo consideró como una impugnación contra resolución emitida por la Junta de carácter contencioso electoral, por pretenderse el control de una resolución de admisión o rechazo de propuestas de candidaturas. Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez rechazaron la excepción de nulidad invocada por el partido Fuerza del Pueblo, ya que la instancia de la impugnación contiene la firma de la parte impugnante.
El Tribunal Superior Electoral consideró que Mota Reyes no tenía el derecho a impugnar la candidatura de Rafael Tobías Crespo, al no haber sido elegido como candidato en el proceso interno del partido. La resolución 22/2024 de la Junta Central Electoral, que ratifica la candidatura de Crespo, fue confirmada por el tribunal, que determinó que Mota Reyes no tenía las pruebas suficientes para respaldar su demanda en impugnación.
El tribunal señaló que la impugnación presentada por Mota Reyes buscaba en realidad controlar la decisión de la Junta Central Electoral de admitir o rechazar propuestas de candidaturas, lo cual no le correspondía según la ley. Los magistrados destacaron que la impugnación debía basarse en argumentos sólidos y pruebas que respaldaran la solicitud de despojar a Crespo de su candidatura, lo cual no fue demostrado por Mota Reyes.
La decisión del Tribunal Superior Electoral de rechazar la demanda en impugnación de César Augusto Mota Reyes confirma la candidatura de Rafael Tobías Crespo como diputado por el Partido Fuerza del Pueblo en la circunscripción 2 del Distrito Nacional. El tribunal consideró que Mota Reyes no tenía el derecho de impugnar la candidatura de Crespo al no haber sido elegido como candidato en el proceso interno del partido, y que no presentó pruebas suficientes para respaldar su demanda.
En resumen, el Tribunal Superior Electoral rechazó la demanda en impugnación presentada por César Augusto Mota Reyes contra la resolución de la Junta Central Electoral que ratificaba la candidatura de Rafael Tobías Crespo como diputado por el Partido Fuerza del Pueblo. El tribunal determinó que Mota Reyes no tenía el derecho de ser propuesto como candidato y que su impugnación buscaba controlar una decisión que no le correspondía. Por lo tanto, se confirmó la candidatura de Crespo y se rechazó la excepción de nulidad invocada por el partido Fuerza del Pueblo.