El Tribunal Superior Electoral revocó dos resoluciones de la Junta Electoral de La Vega y restituyó el derecho de ser elegible al señor Fausto Antonio Mota García, candidato a regidor del Partido Fuerza del Pueblo. Asimismo, se ordenó suspender la toma de posesión de las autoridades electas en el nivel de regidores del municipio hasta que se ejecute la sentencia. La sentencia deja sin efecto cualquier acto que implique modificaciones al cómputo electoral y anula cualquier certificado de elección y proclamación de candidaturas emitido erróneamente. Se ordena a la Junta Electoral de La Vega realizar nuevamente la distribución de escaños a los partidos políticos en disputa y la identificación de las candidaturas electas basadas en los resultados electorales contenidos en el boletín electoral provisional número 21.
Las resoluciones revocadas por el Tribunal fueron emitidas el 25 de febrero de 2024 por la Junta Electoral de La Vega. Se demostró que dichas resoluciones transgredían los principios de conservación del acto electoral, debido proceso y transparencia. Se señaló que hubo inconsistencias en el proceso de corrección de actas de algunos colegios electorales sin justificaciones razonadas y se debieron convocar a los delegados políticos para verificar y modificar las actas en caso de irregularidades. El Tribunal verificó que las relaciones de votación de los colegios electorales en cuestión no presentaban inconsistencias y habían sido revisadas y firmadas por todos los miembros del colegio y delegados, sin ninguna protesta.
La decisión de revocar las resoluciones fue tomada en Cámara de Consejo con el voto unánime de los jueces del Tribunal Superior Electoral. Se admitió un recurso de apelación contra la Resolución número 23-2024 emitida por la Junta Electoral de La Vega, interpuesto por la ciudadana Daryeris Trinidad Félix Pérez, así como la intervención voluntaria del señor Fausto Antonio Mota García. El TSE consideró que no procedía la declaratoria de extemporaneidad del recurso de tercería al no identificarse la fecha de notificación de las decisiones recurridas en tercería. Por lo tanto, se revocó la sentencia número 23-2024 emitida por la Junta Electoral de La Vega el 12 de abril de 2024.
Esta resolución del Tribunal Superior Electoral en Santo Domingo tiene implicaciones importantes en el proceso electoral del municipio La Vega. Al revocar las resoluciones de la Junta Electoral, se restituye el derecho de ser elegible a Fausto Antonio Mota García y se ordena un nuevo proceso de distribución de escaños y identificación de candidaturas electas. La transparencia y el respeto al debido proceso en el ámbito electoral son aspectos fundamentales para garantizar la legitimidad y la confianza en el sistema democrático. La decisión unánime del Tribunal refleja la importancia de la justicia y la imparcialidad en la resolución de conflictos electorales.
La revocación de las resoluciones emitidas por la Junta Electoral de La Vega se basó en la verificación de que no hubo inconsistencias en el proceso de corrección de actas de colegios electorales específicos. Se resaltó la importancia de que las autoridades electorales actúen de manera transparente y respetando los principios democráticos en todo momento. La intervención del Tribunal Superior Electoral para corregir irregularidades en el proceso electoral demuestra la importancia de contar con mecanismos efectivos para garantizar la legitimidad de los resultados electorales y proteger los derechos de los ciudadanos a participar en igualdad de condiciones en el sistema político. Este caso en La Vega es un ejemplo de la importancia de la supervisión y control judiciales en el ámbito electoral para garantizar la integridad del proceso y la validez de los resultados.