La Autoridad Garante de la Competencia y del Mercado de Italia impuso una multa de 3,5 millones de euros a Meta por dos prácticas comerciales engañosas relacionadas con la creación y gestión de cuentas en Facebook e Instagram. Según AGCM, en el proceso de registro en Instagram, los usuarios no recibieron información clara sobre la recogida y uso de sus datos con fines comerciales, y en el caso de la suspensión de cuentas, no se proporcionaron comunicaciones útiles para posibles objeciones. Meta no informó de inmediato a los usuarios registrados acerca del uso de sus datos personales con fines comerciales y no indicó cómo decide suspender las cuentas ni facilitó información sobre la posibilidad de impugnar la suspensión.
La AGCM señaló que Meta no informaba a los usuarios de Facebook e Instagram sobre la posibilidad de impugnar la suspensión de sus cuentas, ya sea a través de un órgano extrajudicial de resolución de litigios o de un juez, y solo preveía un plazo breve de 30 días para que los consumidores impugnaran la suspensión. A pesar de esto, la Autoridad destacó que Meta puso fin a estas dos prácticas en el curso del procedimiento. La sanción se impuso a Meta Platforms Ireland Ltd. y a su empresa matriz, Meta Platforms Inc. La multa de 3,5 millones de euros es el resultado de una investigación que reveló estas prácticas comerciales engañosas por parte de la compañía.
La AGCM también concluyó que Meta no facilitó a los usuarios suficiente información sobre el proceso de suspensión de cuentas en Facebook e Instagram, lo que generó dudas entre los usuarios acerca de cómo y por qué sus cuentas fueron suspendidas. La autoridad italiana consideró que estas prácticas comerciales de Meta eran engañosas y no cumplían con las normativas de protección al consumidor. En respuesta a la multa impuesta, Meta modificó sus políticas para garantizar una mayor transparencia en la recogida y uso de datos personales con fines comerciales, así como para proporcionar a los usuarios más información sobre el proceso de suspensión de cuentas y la posibilidad de impugnar dicha suspensión.
La sanción impuesta por la Autoridad Garante de la Competencia y del Mercado de Italia es parte de un esfuerzo más amplio por parte de las autoridades europeas para regular las prácticas comerciales de las grandes empresas tecnológicas. En los últimos años, compañías como Meta han estado bajo escrutinio por su manejo de datos personales, prácticas de privacidad y transparencia en la comunicación con los usuarios. La multa de 3,5 millones de euros impuesta a Meta por prácticas comerciales engañosas en la creación y gestión de cuentas en Facebook e Instagram refleja el compromiso de las autoridades italianas de proteger a los consumidores y garantizar la transparencia en el mercado digital.
La decisión de la Autoridad Garante de la Competencia y del Mercado de imponer una multa a Meta por sus prácticas comerciales engañosas en relación con la creación y gestión de cuentas en Facebook e Instagram envía un claro mensaje a las grandes empresas tecnológicas sobre la importancia de cumplir con las normativas de protección al consumidor. La sanción de 3,5 millones de euros es un recordatorio de que las compañías no pueden engañar a los usuarios sobre la recogida y uso de sus datos personales con fines comerciales ni sobre el proceso de suspensión de cuentas en las redes sociales. Meta ha modificado sus políticas en respuesta a esta multa, lo que demuestra la importancia de que las autoridades reguladoras europeas continúen supervisando y haciendo cumplir las normativas en el mercado digital.