La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha emitido un fallo en contra del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), rechazando un recurso presentado por la empresa y declarando inadmisibles dos acciones similares. Esta decisión se basa en que el decreto 270-20, que aprobaba el AIB y ordenaba un contrato entre el Estado dominicano y la empresa, fue considerado fuera de la normativa legal. Este decreto fue derogado por el presidente Luis Abinader después de una decisión previa de la SCJ que lo declaraba ilegal. Las sentencias del Tribunal Superior Administrativo que rechazaron la oposición del AIB también fueron confirmadas por la SCJ.
El presidente de la Tercera Sala, Manuel A. Read Ortiz, fue el juez ponente de esta sentencia, la cual fue aprobada por la mayoría de los miembros de la sala. La SCJ respaldó la decisión del Tribunal Superior Administrativo y agregó nuevos argumentos jurídicos para fortalecer la misma. En este nuevo fallo, la SCJ desautoriza implícitamente el contrato entre el Estado dominicano y el AIB, ya que el decreto que lo respaldaba no cumplía con la normativa vigente y fue considerado una actuación anómala. La SCJ establece que los permisos para la construcción de instalaciones aeroportuarias deben cumplir con las regulaciones de contrataciones públicas y los principios de publicidad, transparencia e igualdad.
El magistrado Moisés A. Ferrer Landrón emitió un voto disidente en desacuerdo con la decisión de la SCJ, argumentando que el acto administrativo impugnado afecta directamente los intereses del beneficiario y que la administración actuó de manera incongruente al declarar lesivo su propia actuación. Ferrer Landrón sostiene que la administración intenta desconocer un derecho adquirido en base a una actuación que ahora pretende desconocer. La SCJ sostiene que los permisos para la construcción de instalaciones aeroportuarias deben seguir un proceso de adjudicación conforme a las leyes de contrataciones públicas y los principios constitucionales de publicidad, transparencia e igualdad.
En resumen, la Suprema Corte de Justicia ha confirmado sentencias previas que rechazaron la oposición del Aeropuerto Internacional de Bávaro a su prohibición de hecho, desautorizando implícitamente el contrato entre el Estado dominicano y el AIB. La decisión se basa en que el decreto que aprobaba el aeropuerto no cumplía con la normativa legal vigente y fue considerado una actuación anómala. El magistrado Ferrer Landrón emitió un voto disidente argumentando que la administración actuó de manera incongruente al declarar lesivo su propia actuación. La SCJ destaca la importancia de seguir los principios de publicidad, transparencia e igualdad en los procesos de contratación de obras públicas.