Solo 127 funcionarios municipales en cargos de elección popular realizaron su declaración jurada de patrimonio en plazo hábil, según la Cámara de Cuentas. El plazo venció el pasado viernes 24 de mayo, pero se extendió hasta el sábado 25 debido a la alta concurrencia de declarantes que estaban completando información faltante. En total, hay unos 2,500 funcionarios municipales electos y reelectos que deben presentar su declaración jurada de inicio de cargo o actualización de datos. Para los legisladores recién electos, reelectos y salientes, el plazo de 30 días comienza a correr a partir del 17 de agosto.
La Cámara de Cuentas informó que 198 declarantes tuvieron sus declaraciones devueltas debido a que las realizaron ante un notario bajo una ley derogada, falta de documentos de soporte y envío de documentación con representantes que no podían responder a dudas. La Ley 311-14 establece un plazo de 30 días calendario para la presentación de la declaración jurada de patrimonio. En el caso de los funcionarios municipales electos, este plazo comenzó el 25 de abril, un día después de su toma de posesión. Los funcionarios pueden seguir presentando sus declaraciones en semanas subsiguientes, pero estarán sujetos a sanciones por presentarlas fuera de plazo.
Desde el 25 de abril, los funcionarios municipales han tenido tiempo para presentar sus declaraciones, aunque la actividad se ha incrementado en las últimas semanas. Aquellos que necesitan completar documentos faltantes tienen la oportunidad de hacerlo en un plazo adicional de diez días, según el Reglamento de aplicación de la ley. Algunos expedientes han sido devueltos por no cumplir con los requisitos de la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio. En cuanto a las sanciones, la Ley establece la facultad de retener salarios para aquellos funcionarios en incumplimiento.
La Ley 311-14 y sus sanciones pueden ser aplicadas inmediatamente una vez vencido el plazo. La Cámara de Cuentas remite un listado al Ministerio Público cada dos meses con los nombres de los funcionarios que han presentado sus declaraciones fuera de plazo o que se mantienen omisos. Los funcionarios que no devengan salarios a través de la Tesorería Nacional también están sujetos a la retención de salarios si no cumplen con la presentación de su declaración jurada de patrimonio. La importancia de cumplir con este requisito es fundamental para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio de funciones públicas.