Un tribunal español ha revocado la condena a prisión permanente revisable impuesta a David Bárcena, miembro de la organización criminal Dominican Don’t Play, por un delito de asesinato. En su lugar, le han impuesto 20 años de cárcel por homicidio agravado y cinco años de libertad vigilada. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que no quedó suficientemente probado que Bárcena matara con alevosía al rapero Isaac López en julio de 2021. El ataque mortal fue desproporcionado, pero no se consideró alevosía en su forma completa.
La Audiencia Provincial de Madrid había condenado a Bárcena a la pena máxima privativa de libertad en España, pero el TSJM ha estimado parcialmente el recurso de su defensa. Los magistrados descartan la existencia de alevosía en el crimen y lo condenan como autor de un homicidio agravado por pertenencia a organización criminal. La sentencia original fue revocada parcialmente y se consideró que el ataque tendría una alevosía imperfecta o menor. La sentencia es recurrible en el Tribunal Supremo.
La defensa de Bárcena argumentó que se trató de un homicidio y no de un asesinato, ya que el jurado popular incurrió en errores al valorar las pruebas. Según su abogado, no hubo alevosía porque la víctima llevaba un cuchillo, atacó primero y no fue apuñalada en el suelo. Además, consideran que no se apreciaron varias atenuantes válidas en el caso. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid supuso la segunda condena a prisión permanente revisable de un miembro de bandas juveniles en España, convirtiendo a David Bárcena en la persona más joven sentenciada de esta forma.
El caso de David Bárcena ha generado controversia en España, ya que se le había impuesto la máxima pena por un delito grave. La revisión de la sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid cambió su condena a 20 años de cárcel por homicidio agravado. La defensa argumentó que no hubo alevosía en el crimen y que se trataba de un homicidio en lugar de un asesinato según la valoración del jurado popular.
El hecho de que Bárcena perteneciera a la organización criminal Dominican Don’t Play fue un factor determinante en su condena por homicidio agravado. Los magistrados consideraron que el ataque fue desproporcionado pero no cumplió con todos los requisitos para ser considerado un asesinato con alevosía. La sentencia del TSJM es recurrible en el Tribunal Supremo, por lo que aún hay margen para futuras apelaciones y revisiones de la condena de David Bárcena. Los argumentos de la defensa y las decisiones judiciales han generado debate sobre la interpretación de la ley y la aplicación de las penas en casos de delitos graves en España.