El Ministerio Público presentó una solicitud de medida de coerción, en forma de prisión preventiva, contra un empleado de la Fiscalía de Cotuí, acusado de sustraer evidencia. La fiscal titular de la jurisdicción de Sánchez Ramírez, Juana María Hernández Tavarez, es la encargada de esta acción legal, dirigida contra Enmanuel Antonio Suarez Álvarez. La investigación se inició cuando un acusado absuelto solicitó la devolución de una suma de dinero que le fue retenida en el momento de su arresto. Sin embargo, al reclamar los fondos a la institución bancaria donde supuestamente se depositaron, se descubrió que los recibos de la transacción fueron falsificados. Al ser cuestionado, el acusado declaró que dejó a otra persona hacer el depósito en la cuenta de la Procuraduría y agregó los documentos al expediente sin sospechar irregularidades.
El Ministerio Público ha calificado provisionalmente al acusado bajo los artículos 147, 148, 379 y 386-3 del Código Penal Dominicano, por delitos de falsificación, robo y fraude. El acusado explicó que luego de recibir los recibos del supuesto depósito realizado por su amigo, se enteró de que el dinero no había sido depositado en la cuenta de la institución persecutora del delito, lo que lo llevó a confrontar a su amigo. Este le reveló que había tenido un problema grave que lo obligó a usar el dinero y alterar los recibos. Para evitar problemas, devolvió el dinero al dueño original para deshacerse del problema. Ante estos hechos, el Ministerio Público ha tomado medidas legales en contra del acusado.
La solicitud de medida de coerción fue presentada por la fiscal titular ante la Oficina de Atención Permanente de Sánchez Ramírez, en contra del empleado acusado de sustraer evidencia. La investigación se inició tras la reclamación de un acusado absuelto, quien solicitó la devolución de una suma de dinero que le fue retenida en el momento de su arresto. Al solicitar la devolución de los fondos a la institución bancaria, se descubrió que los recibos de la transacción eran falsos y que el dinero no había sido depositado en la cuenta correspondiente. El acusado, encargado de realizar el depósito, explicó que dejó a un amigo hacer la transacción sin sospechar irregularidades.
El acusado fue calificado provisionalmente según los artículos 147, 148, 379 y 386-3 del Código Penal Dominicano por los delitos de falsificación, robo y fraude. Tras enterarse de la falta de depósito del dinero en la cuenta correspondiente, confrontó a su amigo, quien admitió haber usado el dinero y alterado los recibos. Para evitar problemas, devolvió el dinero al dueño original. Ante estos acontecimientos, el Ministerio Público presentó la solicitud de medida de coerción en forma de prisión preventiva contra el empleado acusado de sustraer evidencia.